A la Asamblea deberían poder ingresar todos los socios


En Almagro desde su fundación se habla mucho de algo que pocos conocen, el estatuto. Se le imputan cosas que en realidad no dice y se lo califica como “claro” cuando, sin dudas, no lo es.
Esto tiene que ver con el desconocimiento y la dificultad histórica de conseguir una copia del estatuto y que las pocas que hay dando vuelta son “fotocopias de fotocopias” con lo cual se dificulta su lectura.
Lo real es que el estatuto debería ser conocido por todos los socios ya que es el documento que rige la vida de la institución. Su difusión debería ser amplia, estar publicado en la web, entregársele copia a todo socio al momento de incorporarse a la masa societaria o cuando lo requieran.
Un ejemplo de porque es necesario que todos conozcan el estatuto se da con la convocatoria a la asamblea donde se trataran temas muy importantes para el futuro del club. Allí se estipuló que para estar presente se debe contar con 3 años de antigüedad como socio.
La introducción de esta condición claramente obedece a un error de interpretación de aquellos que elaboraron la orden del día.
Ningún artículo (salvo que tengamos una copia errónea del estatuto) establece que algún socio no puede estar presente en la asamblea. Todo socio tiene que poder formar parte de ese momento más allá de que pueda o no opinar o votar en el evento.
Para ser más claro es oportuno transcribir los artículos que abordan el tema, estos son el 34, 36 y 110.

ARTÍCULO 110º: Sólo tendrán derecho a votar en las Asambleas los socios al que hace referencia el Artículo 34º. Siendo indispensable que hayan firmado el librado de asistencia.

ARTÍCULO 34º: Los socios Fundadores y Vitalicios tendrán voz y voto en las Asambleas y podrán formar parte de la C.D. Iguales derechos tendrán los socios Activos y Damas, después de una permanencia continuada de 3 (tres) años, a excepción de los cargos de la Mesa Directiva, quienes deberán ser ocupados por socios con una antigüedad ininterrumpida de 5 (cinco) años.

ARTÍCULO 36º: Los derechos de los socios son los siguientes:
a)                     Tomar parte en las discusiones en las Asambleas.


Analizando los tres artículos en conjunto se puede llegar a la conclusión que lo que el estatuto establece es que para tener “voz y voto” en las asambleas hace falta “una permanencia continuada de 3 (tres) años” como socio, pero nada obsta que cualquier socio sin esa antigüedad pueda presenciar la asamblea sin voz ni voto.
Seria bueno que la Comisión Directiva aclare esta cuestión, quien suscribe esta nota consultó a varias fuentes de la misma que se excusaron con argumentos como “no tengo el estatuto a mano” o “me dijeron que tienen que tener tres años”.
Desde ya que pido disculpas por adelantado si la versión del estatuto con la que cuento no es la que se encuentra vigente tanto sea porque ha sido reemplazada como así también si el articulado presenta errores de redacción que no reflejan lo que establece el original. En ese caso es una buena oportunidad para dar a conocer de manera oficial el estatuto vigente de nuestro querido club.

Mariano J. Villagra
Socio 1612


Para que todo hincha y socio pueda contar con el estatuto y poder leerlo lo ponemos a disposición en el siguiente link: ESTATUTO DE ALMAGRO

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