En Almagro desde su fundación se habla mucho de
algo que pocos conocen, el estatuto. Se le imputan cosas que en realidad no
dice y se lo califica como “claro” cuando, sin dudas, no lo es.
Esto tiene que ver con el desconocimiento y la
dificultad histórica de conseguir una copia del estatuto y que las pocas que
hay dando vuelta son “fotocopias de fotocopias” con lo cual se dificulta su
lectura.
Lo real es que el estatuto debería ser conocido
por todos los socios ya que es el documento que rige la vida de la institución. Su
difusión debería ser amplia, estar publicado en la web, entregársele copia a
todo socio al momento de incorporarse a la masa societaria o cuando lo
requieran.
Un ejemplo de porque es necesario que todos
conozcan el estatuto se da con la convocatoria a la asamblea donde se trataran
temas muy importantes para el futuro del club. Allí se estipuló que para estar
presente se debe contar con 3 años de antigüedad como socio.
La introducción de esta condición claramente
obedece a un error de interpretación de aquellos que elaboraron la orden del
día.
Ningún artículo (salvo que tengamos una copia errónea
del estatuto) establece que algún socio no puede estar presente en la asamblea. Todo
socio tiene que poder formar parte de ese momento más allá de que pueda o no
opinar o votar en el evento.
Para ser más claro es oportuno transcribir los artículos
que abordan el tema, estos son el 34, 36 y 110.
ARTÍCULO
110º: Sólo tendrán derecho a votar
en las Asambleas los socios al que hace
referencia el Artículo 34º. Siendo indispensable que hayan firmado el
librado de asistencia.
ARTÍCULO
34º: Los socios Fundadores y Vitalicios tendrán
voz y voto en las Asambleas y podrán formar parte de la C.D.
Iguales derechos
tendrán los socios Activos y Damas, después de una permanencia continuada de 3 (tres) años, a excepción
de los cargos de la
Mesa Directiva, quienes deberán ser ocupados por socios con
una antigüedad ininterrumpida de 5 (cinco) años.
ARTÍCULO
36º: Los derechos de los socios son los
siguientes:
a)
Tomar
parte en las discusiones en las Asambleas.
Analizando los tres artículos en conjunto se
puede llegar a la conclusión que lo que el estatuto establece es que para tener
“voz y voto” en las asambleas hace falta “una
permanencia continuada de 3 (tres) años” como socio, pero nada obsta que cualquier
socio sin esa antigüedad pueda presenciar la asamblea sin voz ni voto.
Seria bueno que la Comisión Directiva
aclare esta cuestión, quien suscribe esta nota consultó a varias fuentes de la
misma que se excusaron con argumentos como “no
tengo el estatuto a mano” o “me
dijeron que tienen que tener tres años”.
Desde ya que pido disculpas por adelantado si
la versión del estatuto con la que cuento no es la que se encuentra vigente
tanto sea porque ha sido reemplazada como así también si el articulado presenta
errores de redacción que no reflejan lo que establece el original. En ese caso
es una buena oportunidad para dar a conocer de manera oficial el estatuto
vigente de nuestro querido club.
Mariano J. Villagra
Socio 1612
Para que todo hincha y socio pueda contar con
el estatuto y poder leerlo lo ponemos a disposición en el siguiente link:
ESTATUTO DE ALMAGRO
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