Con respecto al acto electoral, el estatuto tricolor define claramente los derechos y las obligaciones de los socios.
El estatuto de un club es la norma magna por excelencia. Esto quiere decir que es como la constitución tricolor, y que nada ni nadie puede controvertir lo dispuesto en él. Acerca del sufragio electoral es muy claro. Y, en el artículo 115, del capítulo 19, está plasmada la antelación de la presentación de las listas candidatas con respecto a la elección: diez días. Cuenta también que la Asamblea designará una comisión escrutadora compuesta por cuatro miembros que elegirán entre ellos a un presidente, quien será el encargado de dar el resultado final del escrutinio.
También, dicho artículo, remarca que “los nombres de los candidatos a votarse deberán incluirse en una sola lista con especificación del cargo para el que son elegidos”. Además cuenta que “la oficialización de la lista deberá hacerse ante la C.D. y para ser válidas deberán llevar por lo menos la mitad más uno de las firmas de los candidatos que la integran”.
Por otra parte, el artículo 116 dice que “terminada la votación se pasará a cuarto intermedio y una vez comprobado el número de votos, que deberá concordar con el número de votantes, se procederá a realizar el escrutinio”. El estatuto, a su vez, es bien claro en cuanto al voto impugnado, ya que cualquier socio tricolor que deposite más de una boleta en su sobre tendrá su voto anulado. Una vez terminada la elección se labrará el acta que será firmada por el presidente del club, el secretario general y dos socios que serán elegidos para dicho fin.
El último artículo que se refiere a la elección (artículo 117) hace referencia a la toma del poder del nuevo mandatario: “los miembros electos serán convocados por la comisión directiva saliente dentro de los cinco días subsiguientes a la Asamblea, para tomar posesión de sus cargos”.
El estatuto de un club es la norma magna por excelencia. Esto quiere decir que es como la constitución tricolor, y que nada ni nadie puede controvertir lo dispuesto en él. Acerca del sufragio electoral es muy claro. Y, en el artículo 115, del capítulo 19, está plasmada la antelación de la presentación de las listas candidatas con respecto a la elección: diez días. Cuenta también que la Asamblea designará una comisión escrutadora compuesta por cuatro miembros que elegirán entre ellos a un presidente, quien será el encargado de dar el resultado final del escrutinio.
También, dicho artículo, remarca que “los nombres de los candidatos a votarse deberán incluirse en una sola lista con especificación del cargo para el que son elegidos”. Además cuenta que “la oficialización de la lista deberá hacerse ante la C.D. y para ser válidas deberán llevar por lo menos la mitad más uno de las firmas de los candidatos que la integran”.
Por otra parte, el artículo 116 dice que “terminada la votación se pasará a cuarto intermedio y una vez comprobado el número de votos, que deberá concordar con el número de votantes, se procederá a realizar el escrutinio”. El estatuto, a su vez, es bien claro en cuanto al voto impugnado, ya que cualquier socio tricolor que deposite más de una boleta en su sobre tendrá su voto anulado. Una vez terminada la elección se labrará el acta que será firmada por el presidente del club, el secretario general y dos socios que serán elegidos para dicho fin.
El último artículo que se refiere a la elección (artículo 117) hace referencia a la toma del poder del nuevo mandatario: “los miembros electos serán convocados por la comisión directiva saliente dentro de los cinco días subsiguientes a la Asamblea, para tomar posesión de sus cargos”.
ATENCION
Para poder presentarse a la votación, el socio debe ser mayor de 18 años, hay que poseer una antigüedad mínima de tres años, tener la cuota social al día (Agosto), e ir con DNI o Cedula del Mercosur y carnet de socio en mano.
Para poder presentarse a la votación, el socio debe ser mayor de 18 años, hay que poseer una antigüedad mínima de tres años, tener la cuota social al día (Agosto), e ir con DNI o Cedula del Mercosur y carnet de socio en mano.

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